Cambios en las exenciones de la Ley de Impuesto a las Ganancias
Derecho Tributario
Se incrementó, por medio del Decreto 621/2021 publicado en el Boletín Oficial este 23 de septiembre, el monto máximo para que opere la exención de impuesto a las ganancias sobre el Salario Anual Complementario
Se incrementó, por medio del Decreto 621/2021 publicado en el Boletín Oficial este 23 de septiembre, el monto máximo para que opere la exención de impuesto a las ganancias sobre el Salario Anual Complementario. El haber máximo comprendido en el inciso z) del articulo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, relativo a las exenciones del tributo, se vio alterado incrementando su monto.
El aguinaldo, como tradicionalmente se lo conoce, tiene ahora como tope el monto máximo de Pesos Ciento Setenta y Cinco Mil $175.000,00. Excedido ese monto, tributara Impuesto a las Ganancias por el excedente.
La medida supone un incremento del 16% respecto de la última modificación que surtió efecto en enero de 2021. Estas modificaciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de septiembre de 2021, inclusive.
Según se indica en el texto de la norma, la modificación se realiza con el objetivo de “… promover integralmente el ahorro en pesos y eliminar la discriminación tributaria que tenían ciertos instrumentos financieros. Que, para ello, resulta necesario que las personas que confían en el peso con depósitos con cláusulas de ajuste también tengan beneficios impositivos similares.”
Para más informacion puede consultar el texto del decreto a continuación:
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