Modificaciones al aplicativo de los impuestos internos y de emergencia a los cigarrillos
JBB | ESTUDIO DE ABOGADOS
Derecho Tributario | Derecho Comercial
Con la publicación del Boletín Oficial de la Nación de la Resolución General 5113/2021 de AFIP se dispuso la actualización del programa aplicativo utilizado por las empresas manufactureras y los importadores de cigarrillos para determinar los impuestos internos aplicables a sus productos.
La modificación del aplicativo afecta a los impuestos internos (con alícuota de 70%), y a los impuestos de emergencia (con alícuota del 7%) que se prevén para los cigarrillos.
Con el objetivo de mejorar la administración y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP adecuó el sistema que utilizan las empresas tabacaleras para liquidar los impuestos internos y de emergencia de los cigarrillos.
De esta manera, la modificación incorporada por la Resolución General N° 5113 contempla los montos mínimos de impuesto actualizados para la confección y presentación de las declaraciones juradas acorde a la ley vigente.
Recordamos que los impuestos mencionados se determinarán aplicando sobre el precio final de venta al público de cada paquete de cigarrillos vendido en el territorio nacional, sin detracción de importe alguno en concepto de otros impuestos.
El cambio en el programa aplicativo implica una actualización de este para ser utilizado por las empresas, para acceder al mismo puede descargarlo de la página de AFIP junto con el instructivo para su instalación y aplicación.
Para más información, puede consultar el texto del decreto a continuación:
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