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Otorgan por única vez plazo de regularización para la presentación de documentación laboral en formato digital

JBB | ESTUDIO DE ABOGADOS

Derecho Laboral 

El Ministerio de Trabajo dictó la Resolución n° 8 a partir de la cual se otorga por única vez un plazo de regularización en la presentación de libros, planillas y demás documentación laboral en formato digital.

La Dirección de Jurisdicción, Sistemas, Programación y Modernización Administrativa del Ministerio de Trabajo, puso en conocimiento mediante informe la mora e incumplimiento de la presentación de documentación durante el periodo de Emergencia Sanitaria. Con motivo de la situación descripta, se resaltó la necesidad de otorgar a las empresas un mecanismo para que regularicen en un plazo útil y razonable las presentaciones por todos los periodos en mora a los efectos de su rúbrica sin sanciones.

Con el objeto de lograr dicho fin, se otorgó por única vez un plazo de regularización en la presentación de libros, planillas y demás documentación laboral en formato digital, prevista en la normativa vigente a partir de la publicación de resolución, y hasta el día 30 de Junio de 2022, correspondiente a los dos últimos años. Quedan comprendidos en la medida todos los empleadores/empresas (personas físicas y jurídicas) que deban llevar documentación laboral, con carácter obligatorio, en el marco de la legislación de fondo y conforme a la actividad en la Provincia de Córdoba, ante el Sistema Provincial de Registro y Administración de Rúbrica de Libros y Documentación Laboral conforme a las previsiones Resolución n° 04/2015 del Ministro de Trabajo.

Puede consultar el texto completo de la Resolución aquí:

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