Ley N° 27.653: Nuevos beneficios para los contribuyentes cumplidores
Se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 5101 de AFIP que reglamenta la Ley N° 27.653 de alivio fiscal y condonación de deudas sancionada a comienzos de noviembre del año en curso. La norma que se reglamenta es parte de un grupo de medidas destinadas a fortalecer la reactivación económica y promover la recuperación y el desarrollo del entramado productivo, dando una clara señal para la salida de la pandemia generada por el COVID-19.
La Administración Federal ha sido facultada para dictar la normativa complementaria necesaria para instrumentar las mencionadas medidas, de manera tal de propender a la consecución de los objetivos perseguidos por la ley mencionada en el párrafo anterior, entre los que cabe contar la recuperación de la actividad productiva y la preservación de las fuentes de trabajo.
La reglamentación regula aspectos referidos a la condonación de deudas para entidades y organizaciones sin fines de lucro; micro y pequeñas empresas y “pequeños contribuyentes” con deudas inferiores a pesos cien mil ($ 100.000.-), especialmente:
- La determinación del alcance de la ley y las medidas, destacando los créditos que se incluyen y excluyen para la aplicación del régimen.
- Los requisitos y condiciones que se deben observar para acceder a los programas en ella establecidos.
- La reglamentación del procedimiento para recibir los beneficios, a través de la página web de AFIP.
- Las consideraciones relativas a la disconformidad con el beneficio.
- Disposiciones relativas al régimen de regularización para pequeños contribuyentes.
Regula también la ampliación del régimen de regularización (de “alivio fiscal”), definiendo su alcance, requisitos, sujetos incluidos y la clasificación de los diferentes contribuyentes junto con los planes de facilidades de pago y otras disposiciones. También se incluye la promoción del cumplimiento de obligaciones resultantes del proceso de fiscalización.
El reglamento también comprende la rehabilitación de moratorias caducas y las disposiciones relativas a las deudas en discusión, tanto en sede administrativa como contenciosa. En la norma se observan las pautas y la cantidad de cuotas ofrecidas para cada deuda, por un lado; y los artículos sobre el supuesto del allanamiento en el proceso, la traba de medidas cautelares y la regulación de honorarios y costas judiciales, por otro.
Como parte de la reglamentación, también se desarrollan los beneficios a contribuyentes y en consonancia con el resto del texto de la resolución, se establece el alcance, los requisitos, las exclusiones y el procedimiento de adhesión.
Finalmente, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias; y hasta el 15 de marzo de 2022, inclusive, el plazo establecido en el artículo 6° de la Resolución General N° 5.034 y su complementaria, a fin de realizar la adhesión al Régimen de Regularización de Deudas para Pequeños Contribuyentes dispuesto por el Título V de la Ley N° 27.639.