Causales de pérdida de beneficios impositivos: Ley de Recuperación Productiva 

Causales de pérdida de beneficios impositivos: Ley de Recuperación Productiva 

Se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución General 5179/2022 la cual se decidió la modificación de la Resolución N° 4010 que establece las condiciones para acceder a los beneficios impositivos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el marco de la Ley de Recuperación Productiva.

Causales de pérdida de beneficios impositivos: Ley de Recuperación Productiva 

La ley N° 27.264 y su modificación dispuso un tratamiento impositivo especial para los sujetos que encuadren en la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los términos del artículo 1° de la Ley N° 25.300 y sus modificaciones, relacionado con el ingreso diferido del saldo de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, entre otros beneficios.  

A los fines de hacer operativas las disposiciones de la ley descripta, se dictó la Resolución General n° 4010 en la cual se establecieron las formalidades, plazos y requisitos para acceder a los beneficios impositivos.  

Recientemente por razones de administración tributaria se modificaron las causales de decaimiento o pérdida de los beneficios referidos al impuesto al valor agregado a partir del reemplazo de los incisos b) y c) del articulo 22 de la resolución descripta por los siguientes incisos:  

b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos. 

c) Incumplimiento del pago del gravamen en TRES (3) períodos fiscales correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.”. 

A demás se dispuso la sustitución del inciso b) del articulo 30 por: 

“b) Falta de presentación de TRES (3) declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos fiscales vencidos.” 

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