Plan nacional de transporte sostenible

Plan nacional de transporte sostenible

Se implementa los fines de impulsar la transición y eficiencia energética en el transporte para alcanzar una movilidad sostenible, que aumente la capacidad de adaptación al cambio climático, incorporando criterios de sostenibilidad y resiliencia acorde a las posibilidades energéticas que presenta cada zona de la Republica Argentina.  

En el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y con motivo de los compromisos asumidos en el logro de los Diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible, los Estados participes declararon que el cambio climático es uno de los mayores retos de nuestra época y sus efectos adversos menoscaban la capacidad de todos los países para alcanzar el desarrollo sostenible.  

Por Ley n° 24.295 se aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada en Nueva York, Estados Unidos De América, el 9 de mayo de 1992, por cuyo artículo 2° los Estados partes determinaron como objetivo común la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático, y convinieron que ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.  

Además, a través de Ley N° 25.438 se aprobó el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptado en la ciudad de KYOTO, JAPÓN, el 11 de diciembre de 1997, por el que se  establecieron como objetivos de los Estados partes la reducción progresiva o eliminación gradual de las deficiencias del mercado, los incentivos fiscales, las exenciones tributarias y arancelarias y las subvenciones que sean contrarios al objetivo de esa convención en todos los sectores emisores de gases de efecto invernadero y aplicación de instrumentos de mercado para esos fines; el fomento de reformas apropiadas en los sectores pertinentes con el fin de promover unas políticas y medidas que limiten o reduzcan las emisiones de los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal Relativo a Sustancias que Agotan la Capa de Ozono (16 de septiembre de 1987, Montreal, Canadá), aprobado por la Ley N° 23.778.  

Por Ley N° 27.270 se aprobó el Acuerdo de París, celebrado en la ciudad de París, República Francesa, el 12 de diciembre de 2015, por el que los Estados parte se comprometieron a reforzar Ia respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar Ia pobreza, y establecieron como objetivos mantener el aumento de Ia temperatura media mundial muy por debajo de DOS (2) grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de Ia temperatura a un grado con cinco décimas (1,5) grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ella reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático; aumentar Ia capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover Ia resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de un modo que no comprometa Ia producción de alimentos; y situar los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.  

De acuerdo a los informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de Naciones Unidas, en forma global y uniforme se reconoció que la emisión y acumulación de gases de efecto invernadero en la atmósfera están cambiando el clima a nivel mundial y con ello afectando irremediablemente al ambiente, el bienestar y la salud de las personas, todo lo cual justifica que se piensen y ejecuten políticas públicas que minimicen sus consecuencias perjudiciales.  

El sector del transporte, comprendiendo en su consideración el impacto de todas sus modalidades, incluyendo aquel proveniente de la movilidad particular, es uno de los principales generadores de emisiones de gases de efectos invernadero en el mundo y, por ende, también en nuestro país, tal como surge del Informe de Revisión de Políticas de Eficiencia Energética del Transporte, por lo que es necesario elaborar planes que tiendan a reducir dichas emisiones, siendo la migración del sector hacia la implementación de nuevos combustibles y tecnologías una de las herramientas susceptibles de colaborar en el logro de dicho objetivo.  

En la Ley General del Ambiente N° 25.675 se establecen los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sostenible y adecuada del ambiente, y se determina que la política ambiental nacional deberá cumplir, entre otros, con los objetivos de mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos y prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sostenibilidad ecológica, económica y social del desarrollo.  

Asimismo, en la Ley N° 27.520 se establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático en todo el territorio nacional en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional.  

Debido a la complejidad y extensión del sector del transporte, los cambios tecnológicos no pueden encararse desde un enfoque aislado sino que, por el contrario, y como surge del Informe de Revisión de Políticas de Eficiencia Energética del Transporte, debe partirse de una política pública holística e integral que requiere del compromiso y trabajo arduo de todos los sectores involucrados, a efectos de incorporar a la matriz energética sectorial el uso de nuevos combustibles y tecnologías que signifiquen una real “descarbonización”.  

Resulta de especial interés que los transportes propulsados con motores que utilizan gas natural como combustible se ofrezcan como una alternativa potencialmente viable en el territorio nacional, dado que en la República Argentina se localiza la segunda reserva de gas no convencional del mundo (Vaca Muerta), conforme lo publicado por la Secretaría de Energía de la Nación, lo que se traduce en la disponibilidad de ese combustible gaseoso, como así también en la extensión de sus redes de distribución y despacho.  

Por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 892/20 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. Que, en este sentido, el Ministerio De Transporte y el Ente Nacional REGULADOR Del Gas han celebrado un Acuerdo de Cooperación, suscripto el 5 de mayo de 2022, con el fin de establecer un ámbito de enlace para el abordaje de las temáticas vinculadas con sus respectivas competencias, en lo concerniente a los usuarios y potenciales usuarios del sistema de Gas Natural Vehicular.  

El sector transporte se enfocará hacia el año 2030 en la intermodalidad y promoverá los criterios de optimización y eficiencia a través de la interacción virtuosa entre los diferentes medios de transporte, teniendo en cuenta su matriz energética, y en cumplimiento de los principios establecidos por la Ley N° 27.132.  

Desde ese punto de vista, las acciones incardinadas a la transición energética deben encararse simultáneamente en el transporte ferroviario, terrestre, aéreo, fluvial y marítimo, así como en su infraestructura, para que estos sean sostenibles y resilientes al clima, evaluando los impactos a corto, mediano y largo plazo sobre los sistemas de transporte como consecuencia del cambio climático. Que entre los objetivos de la Secretaría De Planificación De Transporte del Ministerio De Transporte, previstos en el Decreto N° 50/19, modificado por el Decreto N° 335/20, se encuentra el de entender en la elaboración y propuesta de las políticas nacionales y planes en materia de transporte automotor, ferroviario, aerocomercial, fluvial y marítimo, actividades portuarias y vías navegables e intermodalidad de los sistemas de transporte, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.  

Entre los objetivos de la Unidad De Gabinete De Asesores del Ministerio De Transporte, previstos en el Decreto N° 50/19, modificado por el Decreto N° 335/20, se encuentra el de entender en el diseño, elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos de innovación inclusiva, tecnológica y de accesibilidad para el desarrollo sustentable y sostenible dentro de la Jurisdicción, en la aplicación de políticas públicas para las personas con discapacidad, diversidad de género, tercera edad, niñas, niños y adolescentes, así también destinadas a la ciudadanía en general, articulando acciones con las áreas y organismos competentes en el ámbito de su competencia.  

En este marco, la Unidad Gabinete De Asesores del Ministerio De Transporte propicia la aprobación del Plan Nacional De Transporte Sostenible con el objeto de impulsar la transición y eficiencia energética en el transporte y el tránsito, con miras a alcanzar la movilidad sostenible, y aumentar la capacidad de adaptación al cambio climático, incorporando los criterios de sostenibilidad y resiliencia, y teniendo en cuenta las posibilidades energéticas que presenta cada zona de nuestro país.  

A los fines de la elaboración del Plan Nacional De Transporte Sostenible se tuvo en consideración el Informe de la Dirección De Impacto Ambiental Del Transporte del Ministerio De Transporte, que cita diversos estudios desarrollados como insumos para la elaboración de la Estrategia o Plan de Acción Nacional para la Movilidad y el Cambio Climático conforme fuera establecido por la Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global N° 27.520; cuyos datos técnicos recapitulan las labores realizadas en el marco del Gabinete Nacional de Cambio Climático durante los años 2020, 2021 y los primeros meses del año 2022 a fin de construir una versión revisada de un Plan de Acción Nacional de Transporte y Cambio Climático.  

De la ejecución de dicho plan se espera que contribuya a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas del uso de vehículos motorizados, generando ahorros globales al sistema al aumentar el nivel de eficiencia energética en el transporte público de pasajeros y, a la vez, cuidar la salud humana.  

La República Argentina ha asumido el compromiso de actuar para evitar el cambio climático y sus efectos, estableciendo rigurosas metas de reducción de emisiones de Gases de Efecto 

Invernadero (GEI) a ser alcanzadas en el año 20301. 

El logro de dichos objetivos a nivel nacional requiere de la implementación de medidas urgentes y efectivas, acordes a la responsabilidad común pero diferenciada que tiene nuestro país en materia climática, que tengan como objetivo la transformación del modelo socioeconómico del Siglo XX y principios del XXI, en particular del transporte, en un verdadero sistema de desarrollo nacional, sostenible e inclusivo para el futuro. 

Objetivo general:

Impulsar la transición y eficiencia energética en el transporte para  alcanzar una movilidad sostenible, que aumente la capacidad de adaptación al cambio climático, incorporando criterios de sostenibilidad y resiliencia, para aprovechar las posibilidades energéticas que presenta cada zona de nuestro país y en consideración a las posibilidades efectivas de los recursos disponibles, atendiendo a las ventajas comparativas de cada modo en un esquema de intermodalidad funcional. 

Objetivos específicos: 

● Construir un sistema de movilidad sostenible, inteligente y resiliente para las 

generaciones futuras, promoviendo el desarrollo federal; 

Principios 

TRANSICIÓN: cambiar en forma gradual y segura el sistema de transporte, tanto en los usos y hábitos de los usuarios como en las matrices energéticas; de combustibles fósiles a uno de bajas emisiones o sin emisiones de carbono y fuentes renovables. 

EFICIENCIA: incorporar y fomentar la conciencia del uso inteligente y amigable con el ambiente,de los recursos en todas las modalidades del transporte, con un enfoque de evitar-cambiarmejorar como abordaje de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el sector y la promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. 

JUSTICIA AMBIENTAL: garantizar equidad, trabajar en disminuir los perjuicios ambientales que sufren en forma directa e indirecta los sectores vulnerables y las comunidades minoritarias, fomentando la resiliencia en sus respectivos territorios. La Justicia ambiental incluye el reconocimiento, participación y funcionamiento, tanto en el plano individual como en el comunitario de la defensa de nuestro medio ambiente para las generaciones actuales y futuras preservando la calidad de vida de las personas. 

GÉNERO Y EQUIDAD INTERGENERACIONAL: se promoverá la participación activa en los procesos de consulta, ejecución y toma de decisiones en todos los aspectos relacionados al  transporte sostenible, desde un enfoque intergeneracional con perspectiva de género y de  diversidad. 

Alcance 

El Plan se alinea a los compromisos climáticos argentinos al año 2030, planteando a su vez un horizonte temporal al 2040. 

Respecto al alcance sectorial y territorial, son objeto de interés los sistemas de transporte de  bienes y personas por medios aéreos, acuáticos y terrestres dentro de los límites del territorio  nacional. Esto excluye el transporte de bienes y personas que tengan origen o destino en otro  Estado Nacional o bien se encuentre en tránsito por el espacio aéreo, rutas y caminos,  ferrocarriles, vías navegables y aguas territoriales de la República Argentina. 

Para ello, se abarcan todos los componentes de los sistemas de transporte y movilidad, estableciendo previsiones, medidas y acciones concretas para las unidades utilizadas, la infraestructura física y operacional, el marco normativo, los sistemas de gestión e información y los recursos humanos que hacen posible el desarrollo de la actividad, entre otros aspectos. 

Programas 

El Plan consta de 3 (tres) programas: 

1. PROGRAMA DE RENOVACIÓN Y ADAPTACIÓN DE FLOTAS HACIA EL GAS NATURAL; 

2. PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTAS HACIA LA MOVILIDAD ELÉCTRICA; 

3. PROGRAMA DE RENOVACIÓN DE FLOTAS HACIA NUEVAS TECNOLOGÍAS; 

La formulación de las líneas de cada programa en consonancia con la acción climática definida para el sector se explica a partir de un análisis sistémico y detallado, que contempla las particularidades propias de la gestión y planificación de los subsistemas de la movilidad y transporte. 

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