Creación del Tribunal de Gestión Asociada de Conciliación y Trabajo N°1 de Capital
El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, mediante Acuerdo Reglamentario N°1792 – Serie “A, dispuso la implementación de la Prueba Piloto del Tribunal de Gestión Asociada de Conciliación y Trabajo N°1 de Capital con idéntica competencia material y territorial a la que actualmente corresponde a los juzgados de Conciliación y de Trabajo de Capital.
Atento a los resultados positivos que se obtuvieron con la consagración de un procedimiento declarativo abreviado (PDA) con audiencia única y la competencia de los Jueces de Conciliación y Trabajo para conocer y decidir en dicho procedimiento, se dispuso en orden a la innovación en la actual estructura organizacional de los juzgados la creación de oficinas comunes de soporte a la jurisdicción.
En cumplimiento de dicha finalidad, se dispuso la creación de un Tribunal que se integrará con los actuales juzgados de 2da y 9na nominación del fuero laboral y sede y tres (3) jueces/as nuevos designados al efecto. Cada juez mantiene su jurisdicción y competencia. Se denominarán Juez/a N° 2, 9, 11, 12 y 13 del Tribunal de Gestión Asociada de Conciliación y Trabajo N° 1 de Capital Juntos/as conforman el Colegio de Jueces/zas que anualmente designará un/a Presidente de entre quienes lo integran.
Esta nueva Oficina de Gestión Judicial común se encontrará conformada por:
I. Una Unidad de Coordinación (UC), a cargo de un/a Secretario/a Coordinador/a con dependencia jerárquica de la Presidencia de la Sala Laboral del Tribunal Superior. La integran los Equipos de Recepción y Relatoría;
II. Una Unidad de Gestión de Audiencias (UGA), dependiente del/a Secretario/a Coordinador/a;
III. Una Unidad de Gestión de Procesos Ordinarios y Procesos Declarativos Abreviados – PDA- (UGP) dependiente del/a Secretario/a Coordinador/a y IV. Una Unidad de Gestión de Procesos Especiales (UGPE) dependiente del/a Secretario/a Coordinador/a;
El nuevo diseño institucional responde a los siguientes principios organizacionales
a. de Inmediación,
b. de Celeridad,
c. de Distinción de funciones, es decir de separación de tareas jurisdiccionales y administrativas,
d. de Responsabilidad, en sentido de que quién está a cargo de una tarea debe concluirla y responder por ella,
e. de Simplificación, de modo de evitar las intervenciones de varias personas a fin de reducir la carga de trabajo general y con ello la posibilidad de comisión de errores, en pos de la celeridad:
f. de Estandarización, quién hace qué, cuándo y de qué manera, y
g. de Especialización en una función de cada unidad.