Herramientas para un consumo sostenible: Medida para prevenir el sobreendeudamiento

Herramientas para un consumo sostenible: Medida para prevenir el sobreendeudamiento

El Director Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo ha publicado una medida importante destinada a abordar el tema del sobreendeudamiento de los consumidores en Argentina. Esta acción se basa en la Constitución Nacional y sus disposiciones referentes a los derechos de los consumidores, que incluyen la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, la libertad de elección y el trato equitativo y digno. Según el Artículo 42 de la Constitución, las autoridades están encargadas de garantizar la protección de estos derechos, así como la defensa de la competencia y el control de los monopolios en el ámbito del consumo. 

El contexto actual de endeudamiento y sobreendeudamiento en Argentina ha sido objeto de análisis en diferentes estudios. Se ha observado un aumento sostenido en el porcentaje de hogares urbanos que han recurrido a créditos en los últimos años. Este incremento ha tenido un impacto significativo en el acceso a derechos básicos como vivienda, salud, educación y alimentación, que antes estaban vinculados principalmente a la relación salarial. Ahora, la capacidad de obtener financiamiento en un mercado de crédito heterogéneo y desigual ha modificado la forma en que se accede a estos derechos, lo que ha generado una fragmentación en la sociedad. 

El estudio también destaca que la mayoría de los préstamos requeridos se utilizan para cubrir gastos cotidianos, como alimentos y medicamentos, así como para el mantenimiento del hogar, pagar deudas previas y otros gastos esenciales. 
 
Considerando la importancia de proteger a los consumidores contra el sobreendeudamiento y sus consecuencias negativas, se ha desarrollado un Reglamento de Actuación para la Prevención y Solución del Sobreendeudamiento de las y los Consumidores en el ámbito de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo. Este reglamento busca dotar de eficacia a los derechos establecidos en la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, así como en otros instrumentos de derechos humanos y normas generales y especiales relacionadas con la protección de los consumidores en el país. 

El presente Reglamento de Actuación para la Prevención y Solución del Sobreendeudamiento de las y los Consumidores en el Ámbito de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo tiene como objetivo brindar asesoramiento técnico específico para abordar problemáticas de sobreendeudamiento que se tramiten ante el Sistema de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y/o ante el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC). Además, busca facilitar acuerdos conciliatorios que respeten los derechos de los consumidores endeudados y dictar medidas preventivas, para mejor proveer, imputaciones, laudos arbitrales y otros actos administrativos en general, incorporando un enfoque protectorio específico. También tiene el propósito de permitir el acceso a información sobre problemáticas específicas para resolver casos individuales y detectar incumplimientos sistemáticos o graves de los proveedores, tomando las medidas adecuadas. Asimismo, busca mejorar la interacción entre la DNDCYAC, los conciliadores del COPREC y los árbitros del SNAC para una gestión más eficaz de los casos, detectar de forma rápida los casos que requieran medidas urgentes y establecer criterios y prioridades de actuación según las particularidades de los casos.  
El reglamento tiene la finalidad de brindar asistencia o seguimiento directo, o patrocinio letrado cuando sea necesario y de identificar posibles infracciones para su imputación por las áreas competentes. También busca generar bases de datos y estadísticas para el seguimiento de proveedores de crédito o financiación, nivel de endeudamiento de las personas, índices de litigiosidad y más, así como difundir informes comparativos de proveedores y productos o servicios para el desarrollo de políticas públicas de protección al consumidor.  
Igualmente, se enfoca en realizar seguimiento sobre tasas de interés, cargos y conceptos aplicados en operaciones de crédito o financiación en todo el territorio nacional y en fomentar acciones de cooperación y convenios con entidades académicas y científicas para fortalecer los recursos técnicos y humanos. Además, convoca a proveedores y entidades para prevenir y solucionar situaciones de sobreendeudamiento y revertir conductas contrarias a los derechos de los consumidores, e implementa acciones adecuadas para lograr el restablecimiento patrimonial de los consumidores sobreendeudados en diferentes situaciones. 

El Reglamento abarca el sobreendeudamiento, que se produce cuando un consumidor enfrenta dificultades para pagar sus deudas. No es necesario que haya cesación de pagos absoluta. Comprende casos individuales o colectivos originados en la oferta de productos o servicios de crédito o financiamiento destinados a personas humanas. También incluye situaciones de afectación de la vida digna o personas hipervulnerables. Se aplica a prácticas comerciales en general, incluida la publicidad, servicios de atención, métodos de cobranza y a proveedores diversos, sean personas físicas o jurídicas, entidades financieras o no financieras, proveedores digitales, entre otros. 
 
La Unidad Especializada en Sobreendeudamiento (UES) será responsable de implementar el reglamento. Su personal debe poseer conocimientos específicos sobre las problemáticas relacionadas con el sobreendeudamiento y los proveedores de crédito. La UES tendrá diversas funciones, incluyendo sugerir la requisitoria de información a consumidores, proveedores y otros organismos, controlar liquidaciones de deudas, revisar documentación, analizar el destino final de las operaciones y actividades que generaron las deudas, entre otras. También se encargará de prestar asistencia jurídica en audiencias o casos, verificar cláusulas abusivas en contratos, controlar tasas de interés y detectar prácticas comerciales ilícitas. Además, si se detectan ilícitos penales, se tomarán las medidas necesarias para involucrar a las autoridades competentes. La UES propondrá soluciones conciliadas, revisará acuerdos de renegociación de deudas y comunicará conductas repetitivas o afectaciones colectivas a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo (DNDCYAC). También puede requerir informes y documentación a proveedores y terceros vinculados, velar por el respeto de los derechos indisponibles y señalar posibles infracciones a las normas de protección al consumidor. La UES desempeñará todas aquellas funciones necesarias para lograr sus objetivos de manera efectiva. 
 
Este reglamento ha sido aprobado y forma parte integral de esta medida. Además, se prevé la posibilidad de que las autoridades provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se adhieran al reglamento para implementarlo en sus respectivas jurisdicciones. 

En resumen, la medida adoptada por el Director Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo tiene como objetivo primordial prevenir y abordar el sobreendeudamiento de los consumidores en Argentina, protegiendo sus derechos y bienestar económico. considerando el contexto actual y los estudios realizados, esta acción busca garantizar prácticas comerciales justas, información veraz y un acceso adecuado a los derechos básicos para todos los ciudadanos. 

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