Nueva convocatoria para acceder a beneficios fiscales en proyectos de biotecnología y nanotecnología 

La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía aprobó las Bases y Condiciones de la Convocatoria 2026 del Régimen de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología, mediante la Resolución 138/2026. 

La medida convoca a personas humanas y jurídicas a presentar proyectos de investigación, desarrollo, producción de bienes o prestación de servicios vinculados con la biotecnología moderna y/o la nanotecnología, con el objetivo de acceder a los beneficios promocionales previstos en la Ley N.° 26.270 y sus modificatorias. 

Qué proyectos pueden presentarse 

El régimen está orientado a proyectos que apliquen conocimientos científicos y tecnológicos para la obtención de bienes o servicios, o para la mejora sustancial de procesos productivos y productos. 

Podrán presentarse proyectos de investigación y/o desarrollo, así como proyectos de aplicación o ejecución productiva, siempre que las actividades se desarrollen en el país y los solicitantes se encuentren en cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales. 

Beneficios fiscales previstos 

Los proyectos aprobados podrán acceder, según corresponda, a distintos beneficios fiscales, entre ellos: 

amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias por bienes de capital, equipos especiales y componentes destinados al proyecto; 

devolución anticipada del IVA vinculado a la adquisición de esos bienes; 

conversión en Bonos de Crédito Fiscal del 50% de determinadas contribuciones a la seguridad social sobre la nómina afectada al proyecto; 

en el caso de proyectos de investigación y desarrollo, conversión en Bono de Crédito Fiscal del 50% de los gastos destinados a contrataciones de servicios de I+D con instituciones del sistema público nacional de ciencia, tecnología e innovación. 

Para el ejercicio 2026, la Ley de Presupuesto asignó un cupo fiscal de $2.000.000.000 para estos beneficios. 

Plazo y forma de presentación 

La convocatoria estará vigente desde la publicación de la resolución y hasta el 31 de julio de 2026, o hasta que se agote el cupo fiscal disponible, lo que ocurra primero. 

Todas las presentaciones deberán realizarse mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cumpliendo con las Bases y Condiciones aprobadas por la autoridad de aplicación. 

Una oportunidad para empresas de base tecnológica 

La convocatoria resulta especialmente relevante para empresas, emprendedores y desarrolladores que trabajen en proyectos de innovación aplicada, especialmente en sectores productivos vinculados con biotecnología, nanotecnología, investigación, desarrollo y producción tecnológica. 

Desde JBB Abogados acompañamos a empresas en el análisis de regímenes promocionales, estructuración jurídica de proyectos y cumplimiento de requisitos normativos para acceder a beneficios fiscales y herramientas de incentivo productivo.

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio