La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía aprobó las Bases y Condiciones de la Convocatoria 2026 del Régimen de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología, mediante la Resolución 138/2026.
La medida convoca a personas humanas y jurídicas a presentar proyectos de investigación, desarrollo, producción de bienes o prestación de servicios vinculados con la biotecnología moderna y/o la nanotecnología, con el objetivo de acceder a los beneficios promocionales previstos en la Ley N.° 26.270 y sus modificatorias.
Qué proyectos pueden presentarse
El régimen está orientado a proyectos que apliquen conocimientos científicos y tecnológicos para la obtención de bienes o servicios, o para la mejora sustancial de procesos productivos y productos.
Podrán presentarse proyectos de investigación y/o desarrollo, así como proyectos de aplicación o ejecución productiva, siempre que las actividades se desarrollen en el país y los solicitantes se encuentren en cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales.
Beneficios fiscales previstos
Los proyectos aprobados podrán acceder, según corresponda, a distintos beneficios fiscales, entre ellos:
amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias por bienes de capital, equipos especiales y componentes destinados al proyecto;
devolución anticipada del IVA vinculado a la adquisición de esos bienes;
conversión en Bonos de Crédito Fiscal del 50% de determinadas contribuciones a la seguridad social sobre la nómina afectada al proyecto;
en el caso de proyectos de investigación y desarrollo, conversión en Bono de Crédito Fiscal del 50% de los gastos destinados a contrataciones de servicios de I+D con instituciones del sistema público nacional de ciencia, tecnología e innovación.
Para el ejercicio 2026, la Ley de Presupuesto asignó un cupo fiscal de $2.000.000.000 para estos beneficios.
Plazo y forma de presentación
La convocatoria estará vigente desde la publicación de la resolución y hasta el 31 de julio de 2026, o hasta que se agote el cupo fiscal disponible, lo que ocurra primero.
Todas las presentaciones deberán realizarse mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cumpliendo con las Bases y Condiciones aprobadas por la autoridad de aplicación.
Una oportunidad para empresas de base tecnológica
La convocatoria resulta especialmente relevante para empresas, emprendedores y desarrolladores que trabajen en proyectos de innovación aplicada, especialmente en sectores productivos vinculados con biotecnología, nanotecnología, investigación, desarrollo y producción tecnológica.
Desde JBB Abogados acompañamos a empresas en el análisis de regímenes promocionales, estructuración jurídica de proyectos y cumplimiento de requisitos normativos para acceder a beneficios fiscales y herramientas de incentivo productivo.


