Programa de financiamiento federal para empresas estratégicas

Programa de financiamiento federal para empresas estratégicas

Por medio de la Resolución 683/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo se creó el Programa de financiamiento Federal para Empresas Estratégicas con el objeto de asistir económicamente proyectos productivos de empresas provinciales y de la CABA que, por su carácter estratégico en materia productiva y generación de empleo, resulten de interés para el sostenimiento y desarrollo de las economías regionales y el desarrollo nacional en todo el territorio de la república 

La sanción de esta medida tiene como fuente en la actual coyuntura de reactivación económica del sector productivo del país resulta, frente a esta situación el Gobierno Nacional busca “…adoptar medidas tendientes a acompañar dicha reactivación e incentivar el proceso de reconstrucción productiva de la República Argentina” tal como se lee de los considerandos de la resolución. 

Para el financiamiento de este programa se utilizará el FONDEP, creado en 2014 como el fondo Nacional de Desarrollo Productivo, destinado a promover la inversión y/o el consumo; contribuir al desarrollo de cadenas de valor en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país; y contribuir a la puesta en marcha y/o el sostenimiento de actividades y/o empresas con elevado contenido tecnológico, estratégicas para el sector nacional o importantes para la generación de mayor valor agregado en las economías regionales. 

Las Provincias y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán aplicar los fondos a través de un aporte de capital a la empresa o bien mediante el otorgamiento de un préstamo, los cuales no podrán tener condiciones que sean desfavorables para la empresa respecto de las definidas para el préstamo otorgado por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). 

Para formar parte del programa se exigen dos requisitos:  

  1. Que las empresas cuenten con más del 50% del paquete accionario perteneciente a los Gobiernos Provinciales, de la CABA o municipales de la jurisdicción proponente;   
  1. Que sean proyectos en sectores estratégicos de la cadena productiva regional y/o nacional. 

La nueva disposición regula el financiamiento del FONDEP hacia las provincias y CABA, será en pesos y tendrá las siguientes características: 

a. Plazo: Hasta QUINCE (15) años. 

b. Tasa de Interés: hasta DIECIOCHO POR CIENTO (18%) a tasa fija los primeros SIETE (7) años y luego BADLAR (una tasa de interés variable que es calculada a diario por el Banco Central de la República Argentina). 

c. Amortización: Trimestral. 

d. Período de gracia del capital: Hasta TRES (3) años. 

e. Garantía: Cesión en garantía al FONDEP de las sumas que le corresponda a la Provincia o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. 

La recepción de las propuestas estará a cargo de la Secretaría de la Pequeña y mediana empresa y los emprendedores dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo. El plazo de duración del Programa será de un año, pudiendo prorrogarse hasta por un plazo igual. 

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