Modificaciones a la Ley de Alquileres

Modificaciones a la Ley de Alquileres

Este 11 de octubre, la Cámara de Diputados se aprobó la reforma a la ley de alquileres, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la norma recientemente modificada.   
  
Los aspectos más importantes de esta nueva ley de alquileres son:  
  
Los contratos se mantendrán en tres años los cuales deberán ser estipulados en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad o intervalos no inferiores a seis meses.  
  
Se modificó el mecanismo de actualización de precios de alquileres y se aplicará el índice de Casa Propia (la medición del menor índice entre el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) publicado por el INDEC y el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA).   
  
Los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler, tampoco abonarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.   
  
Se suma la posibilidad de que las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación.  
 
Ademas, se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.  
  
También se estableció que cualquier publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya el precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional. Además, se elimina la posibilidad de que los propietarios puedan pedir el pago de meses por adelantado.   
  
La reforma aprobada este miércoles fue elevada al Poder Ejecutivo y entrará en vigencia cuando se promulgue con la oficialización en el Boletín Oficial. Hasta entonces, los contratos seguirán siendo de tres años y se ajustarán anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL).  
 

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