Qué deben saber hoy las agencias de viajes sobre el nuevo marco legal del turismo en Argentina
Introducción
Con la eliminación mediante el Decreto “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina” de las leyes que regulaban a las agencias de viajes, el turismo en Argentina atraviesa un cambio profundo. El gobierno nacional introdujo una serie de reformas estructurales en distintos sectores económicos, pero una de las medidas más significativas se encuentra la desregulación del sector turístico.
Este nuevo escenario plantea oportunidades y desafíos para las empresas del sector. En este artículo analizamos qué normas fueron derogadas, qué regulaciones continúan vigentes, y qué deben tener en cuenta las agencias de viajes para operar y minimizar riesgos en este contexto desregulado.
¿Qué regulaciones fueron derogadas?
El DNU eliminó tres leyes fundamentales para el ordenamiento del sector turístico:
- Ley N.º 18.828 de Hotelería,
- Ley N.º 18.829 de Agencias de Viajes,
- Ley N.º 26.356 sobre el Sistema Turístico de Tiempo Compartido.
Esta derogación implica, en la práctica, la supresión de la normativa que regulaba la habilitación, fiscalización y control estatal de agencias de viajes, establecimientos hoteleros y sistemas turísticos complejos.
Principales cambios para las agencias de viajes
La modificación más relevante es la eliminación del requisito de inscripción en el Registro de Agencias de Viajes. A partir de la entrada en vigencia del DNU, cualquier persona física o jurídica puede ofrecer servicios turísticos sin necesidad de habilitación previa por parte del Estado nacional.
Además, ya no se exige formación profesional específica para los operadores turísticos, y se eliminó la obligatoriedad del Seguro de Caución Anual, que hasta ese momento debían contratar las agencias para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones frente a los consumidores.
¿Qué era el Seguro de Caución?
Hasta la entrada en vigor del nuevo marco normativo, las agencias de viajes estaban obligadas a contratar anualmente un Seguro de Caución. Este instrumento funcionaba como garantía frente a posibles incumplimientos contractuales, cancelaciones o insolvencias, ofreciendo respaldo económico ante una eventual contingencia.
Con la desregulación, este seguro dejó de ser obligatorio y pasó a tener carácter voluntario. Si bien esto representa una menor carga administrativa y económica, también implica que las agencias asumen directamente los riesgos contractuales sin contar con una cobertura aseguradora obligatoria que limite su exposición patrimonial.
Evaluar la continuidad voluntaria de esta cobertura puede ser una estrategia útil para aquellas empresas que deseen seguir proyectando solvencia y profesionalismo en un entorno más competitivo y menos regulado.
¿Qué normativa sigue vigente?
El DNU 70/2023 no derogó la Ley Nacional de Turismo N.º 25.997, que continúa siendo la base normativa general del sector turístico. Tampoco modificó la normativa sobre responsabilidad civil y penal, por lo que las agencias de viajes siguen siendo responsables frente a terceros por sus actos, omisiones y por el cumplimiento de los contratos celebrados. Leé más sobre la responsabilidad civil de las agencias de viaje en nuestro reciente artículo.
Asimismo, la Ley N.º 25.599 de Turismo Estudiantil también continúa vigente, lo cual resulta especialmente relevante para aquellas agencias que operan en ese segmento y deben considerar las obligaciones específicas que subsisten, a pesar del nuevo marco general.
Turismo estudiantil
Aunque la Ley de Turismo Estudiantil permanece en plena vigencia, la derogación de la Ley de Agencias de Viajes afecta indirectamente al régimen de viajes estudiantiles. Se eliminaron exigencias complementarias que reforzaban la protección del consumidor en este tipo de servicios, como:
- La exigencia de solvencia económico-financiera mínima de las agencias
- Estándares específicos de seguridad en transporte y alojamiento
- Inscripción en el Registro de Agencias de Viajes
- Constitución obligatoria de seguros de viaje
Esta situación impone a las agencias la necesidad de revisar sus condiciones generales de contratación, sus coberturas y garantías, para asegurar el cumplimiento del régimen estudiantil aún vigente y prevenir conflictos futuros.
El nuevo Registro Nacional de Agencias de Viajes (RNAV)
Ante la desregulación estatal, la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT), entidad que nuclea a más de 500 agencias de viajes de Argentina, creó un Registro Nacional de Agencias de Viajes (RNAV) de carácter privado, gratuito y voluntario.
Este registro busca promover estándares de calidad y profesionalismo en un entorno desregulado. Las agencias que se inscriben pueden acceder a beneficios como:
- Certificaciones y sellos de calidad con reconocimiento nacional e internacional
- Capacitaciones y asistencia técnica
- Networking con otros profesionales del sector
- Mayor respaldo institucional en caso de conflictos
Las empresas habilitadas al 31 de diciembre de 2023 fueron incorporadas automáticamente al RNAV, manteniendo sus legajos. Las nuevas deberán cumplir con ciertos requisitos para registrarse, como estar inscriptas en ARCA, contar con un profesional idóneo y tener registrada su marca comercial. Consulta los requisitos acá.
Aunque no es obligatorio registrarse para operar, el RNAV permite a las agencias distinguirse ante consumidores y prestadores, especialmente en un mercado sin fiscalización estatal.
Hasta la fecha, distintas provincias y municipios han adherido oficialmente al RNAV, lo que refleja un reconocimiento creciente de su utilidad como herramienta de ordenamiento sectorial. Las jurisdicciones adheridas son: La Rioja, Villa Carlos Paz, Santa Cruz, Tucumán, Neuquén, Salta (provincia y ciudad), Entre Ríos, Chubut, Tierra del Fuego, Provincia de Buenos Aires, Mendoza, Chaco, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Santa Fe y Corrientes.
Córdoba en el Nuevo Mapa Turístico Nacional
En el nuevo escenario desregulado, las organizaciones provinciales que agrupan agencias de viajes comienzan a tener un papel relevante en la representación, articulación y visibilidad de sus miembros. En este contexto, la Asociación Cordobesa de Agencias de Viajes (ACAV) se posiciona como una referencia para el sector turístico en Córdoba.
ACAV nuclea a agencias locales y promueve la profesionalización, la cooperación entre actores y el fortalecimiento institucional del sector. Ofrece espacios de formación, asesoramiento, representación ante organismos públicos y defensa de los intereses de sus asociados, lo que cobra especial valor ante la falta de fiscalización estatal directa.
Si bien la adhesión al RNAV no es obligatoria ni para las agencias ni para las provincias o municipios, el respaldo institucional de jurisdicciones como Villa Carlos Paz y otras provincias argentinas demuestra un interés creciente por establecer mecanismos de legitimación en el nuevo entorno legal.
En el caso de Córdoba, aún no se ha formalizado una adhesión provincial al RNAV. Sin embargo, considerando la importancia del turismo en la economía local, no se descarta que en el corto o mediano plazo se impulsen iniciativas provinciales o municipales orientadas a ordenar, respaldar e identificar a los operadores turísticos cordobeses.
Reflexión final
La desregulación del sector turístico en Argentina abre nuevas oportunidades para el desarrollo de negocios con mayor flexibilidad, pero también plantea desafíos legales relevantes para las agencias de viajes.
Ante este nuevo escenario, desde JBB Abogados recomendamos a nuestros clientes revisar sus estructuras jurídicas, contratos de prestación de servicios, condiciones generales, coberturas y obligaciones específicas según el segmento en el que operen.
Nuestro estudio cuenta con experiencia en el asesoramiento a empresas del sector turístico. Si tu agencia necesita adaptar su operación al nuevo marco legal o desea evaluar los riesgos jurídicos de su actividad, contactanos para su próxima consulta.