ARCA actualiza el régimen de embargos fiscales: Cambios de la Disposición 120/2025
Introducción
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), introdujo importantes cambios en los procedimientos de embargos fiscales mediante la Disposición 120/2025. Las nuevas pautas impactan en el modo en que se gestionan las deudas fiscales, buscando equilibrar la potestad de cobro del fisco con mayores instancias para los contribuyentes.
Objetivo de la reforma
La disposición tiene por finalidad modernizar y transparentar el procedimiento de ejecución fiscal, incorporando instancias previas de gestión de deuda, ampliando los plazos antes de adoptar medidas cautelares y actualizando los criterios de selección de los casos a ser perseguidos judicialmente.
Este régimen establece nuevas reglas respecto a los plazos y condiciones bajo los cuales el organismo puede solicitar el embargo de bienes o fondos de los contribuyentes que tienen deudas impositivas, buscando brindar mayor previsibilidad en estos procesos.
¿Qué es un embargo fiscal?
El embargo fiscal es una medida que permite al Estado retener o inmovilizar bienes, fondos u otros activos de los contribuyentes que tienen deudas impositivas impagas, con el objetivo de asegurar el cobro de esas deudas.
Cuando un contribuyente mantiene una deuda con el fisco y no regulariza su situación, el organismo recaudador puede iniciar un juicio de ejecución fiscal y, dentro de ese proceso, solicitar el embargo de cuentas bancarias, inmuebles, vehículos u otros bienes del deudor.
¿Por qué ARCA modificó el procedimiento?
Antes de la Disposición 120/2025, el sistema permitía que los embargos se solicitaran de manera muy rápida, incluso en etapas iniciales del proceso judicial. En muchos casos, los contribuyentes podían verse sorprendidos por embargos en sus cuentas sin haber tenido oportunidad efectiva de presentar defensas o aclaraciones.
Con la nueva normativa, se busca:
- Otorgar mayores instancias de defensa al contribuyente.
- Evitar embargos automáticos e inmediatos.
- Promover la regularización voluntaria de las deudas.
- Transparentar los tiempos y etapas del procedimiento.
En definitiva, se intenta equilibrar la necesidad de cobrar los tributos adeudados con el derecho de defensa de quienes tienen deudas fiscales.
Los principales cambios introducidos por la Disposición 120/2025
1. Nuevos plazos antes de poder embargar
Una de las modificaciones más importantes es que ARCA ya no podrá solicitar el embargo de manera automática al iniciar el juicio de ejecución fiscal.
Ahora, deberá esperar:
- Que se notifique al contribuyente el inicio del juicio.
- Que transcurra el plazo legal de 5 días hábiles para que el deudor pueda presentar defensas o excepciones.
- Solo si el contribuyente no presenta ninguna excepción, y una vez vencido ese plazo, recién a partir de las 48 horas posteriores se podrá solicitar la traba de embargos.
Este cambio permite que los contribuyentes tengan tiempo real para analizar su situación, presentar descargos o buscar regularizar la deuda antes de enfrentar medidas sobre su patrimonio.
2. Excepciones para embargos anticipados
Si bien la regla general es la mencionada, la norma contempla algunas situaciones particulares en las que el embargo podría pedirse antes del vencimiento de los plazos, siempre bajo ciertas condiciones:
- Cuando el domicilio fiscal del contribuyente se encuentra a más de 100 kilómetros de la sede del organismo de emisión de la notificación.
- Si existen limitaciones de personal (falta de oficiales notificadores) para efectuar las notificaciones presenciales.
Las excepciones son siempre con autorización judicial y de las autoridades internas de ARCA.
En estos casos, antes de efectivizar el embargo anticipado, el contribuyente será notificado a su domicilio fiscal electrónico y tendrá igualmente cinco días para abonar la deuda, incluyendo intereses y costas, para evitar que la medida se concrete.
Conclusión: ¿Qué deben tener en cuenta los contribuyentes?
A partir de la entrada en vigencia de la Disposición 120/2025, es importante que las personas físicas, empresas, profesionales y demás sujetos obligados tengan presente:
- Revisar periódicamente su situación fiscal para detectar posibles deudas.
- Controlar las notificaciones en el domicilio fiscal electrónico.
- Aprovechar los plazos disponibles para presentar defensas o regularizar la deuda antes de que se soliciten embargos.
- Consultar con asesores especializados para evaluar las alternativas de regularización o defensa, en caso de recibir intimaciones.
En JBB Abogados acompañamos a empresas, profesionales y particulares en la evaluación de su situación fiscal, el diseño de estrategias de regularización y la defensa ante ejecuciones fiscales. Ante cualquier consulta, no dudes en escribirnos.