Mediante el Decreto 546/2025, publicado el 5 de septiembre, el Poder Ejecutivo rechazó el reclamo presentado por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) contra el Decreto 765/2024, que había modificado los alcances del concepto de “ejecución pública” previsto en la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual.
En su impugnación, SADAIC sostuvo que la norma limitaba indebidamente los derechos de autor, desconocía jurisprudencia de la Corte Suprema e incumplía tratados internacionales en la materia. También alegó una afectación al derecho de propiedad y a la separación de poderes.
Sin embargo, el Ejecutivo, con fundamento en informes de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, entendió que la reglamentación se ajusta a la Constitución y que el nuevo criterio busca un equilibrio razonable: proteger a los autores frente a explotaciones comerciales, pero excluir de esa obligación los usos en ámbitos estrictamente privados o de acceso restringido, donde no existe un beneficio económico.
Este pronunciamiento se suma a la serie de cambios y discusiones recientes en torno a la propiedad intelectual en Argentina. Hace un tiempo analizamos qué impuestos y derechos deben pagarse por reproducir música o videos en público, repasando las obligaciones frente a SADAIC y AADI CAPIF. Más adelante, explicamos las modificaciones introducidas por el Decreto 150/2025, y recientemente reseñamos denuncias por cobros indebidos de derechos de autor, que muestran la conflictividad creciente en la materia.
En este marco, el rechazo al reclamo de SADAIC no cierra la discusión: el Decreto 546/2025 deja agotada la vía administrativa, habilitando a la entidad a continuar su planteo en sede judicial.
En conclusión, el caso vuelve a poner en primer plano la tensión entre la protección de los derechos de autor y la necesidad de generar marcos regulatorios razonables para las actividades empresariales y sociales. En JBB Abogados acompañamos a nuestros clientes en la interpretación de estos cambios normativos y en la prevención de reclamos, ofreciendo estrategias jurídicas claras para operar con seguridad frente a SADAIC y otros entes de gestión colectiva.


