Una nueva etapa en la digitalización registral
La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), dependiente del Ministerio de Justicia, dictó la Disposición N° 745/2025 (B.O. 17/10/2025), mediante la cual se consolida el Registro Único Nacional del Automotor (RUNA) y se aprueban sus Anexos I, II y III, que regulan el flujo de datos, la validación de identidad y el nuevo Instrumento de Petición Virtual de Inscripción Inicial.
Esta disposición marca un avance decisivo hacia la inscripción digital completa de vehículos 0 km, fortaleciendo la seguridad jurídica, la trazabilidad documental y la interoperabilidad entre organismos públicos.
Además, busca agilizar los trámites, reducir el riesgo de fraude y garantizar que los documentos digitales tengan igual valor legal que los instrumentos físicos.
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Registro Único Virtual (RUV): Nueva Inscripción Digital de Autos 0 Km y Firma Digital y Certificaciones Electrónicas en el ámbito registral.
RUV y RUNA: los pilares del nuevo sistema
La digitalización se apoya en dos plataformas complementarias:
- Registro Único Virtual (RUV): canal donde se instrumentan las peticiones de inscripción y se gestiona la presentación digital de documentos.
- Registro Único Nacional Automotor (RUNA): sistema informático que valida automáticamente la información mediante la interconexión con bases de datos oficiales.
En esta primera etapa, el sistema aplica exclusivamente a la inscripción inicial de vehículos 0 km, manteniéndose la modalidad presencial solo en los casos que excedan los parámetros técnicos definidos por la DNRPA.
Controles automáticos y validación interconectada
El cambio fundamental introducido por la Disposición 745/2025 es que los controles esenciales del proceso de calificación registral ahora se validan de forma automática a través del RUNA, mediante su conexión con otras bases de datos públicas.
Este esquema permite verificar en tiempo real la autenticidad, integridad y coherencia de los datos cargados, alineándose con los principios de celeridad, eficacia y control administrativo que rigen la actividad pública.
Nuevo instrumento: Petición Virtual de Inscripción Inicial
Uno de los ejes más relevantes de la norma es la aprobación del “Instrumento de Petición Virtual de Inscripción Inicial”, previsto en el Anexo III, que reemplaza la tradicional Solicitud Tipo.
Cumple la misma función jurídica que la rogatoria de inscripción del artículo 13 del Régimen Jurídico del Automotor, pero en formato 100 % electrónico.
Procedimiento digital (arts. 6° a 8° Disposición 745/25)
- El adquirente valida digitalmente el instrumento dentro de la plataforma RUNA y abona el arancel correspondiente.
- La concesionaria o comerciante habitualista suscribe el mismo instrumento, certificando la exactitud de los datos y su correspondencia con el Certificado de Origen y el automotor.
- Una vez completado el proceso, la DNRPA pone a disposición del comprador:
- Título Digital del Automotor
- Cédula de Identificación Digital
- Constancia de Inscripción del Automotor o Motovehículo 0 km
Cumplida la inscripción, la competencia registral pasa al Registro Seccional elegido por el adquirente, donde se tramitarán las inscripciones posteriores (transferencias, prendas, etc.).
Nuevos requisitos legales y anexos técnicos
La Disposición introduce un nuevo requisito jurídico para las inscripciones virtuales:
“Si el adquirente fuere de estado civil casado, el bien deberá revestir el carácter de ganancial.”
(art. 1°, inc. j, Disposición 745/25)
Si el vehículo es un bien propio, deberá realizarse la inscripción tradicional y no la digital.
Además, la norma aprueba tres anexos complementarios que establecen el marco técnico y operativo del RUNA:
- Anexo I: diagrama de flujo de datos del sistema RUNA, con el circuito de interacciones entre adquirente, habitualista y DNRPA.
- Anexo II: protocolo de validación de identidad, que incorpora autenticación biométrica facial, firma electrónica avanzada y cifrado extremo a extremo.
- Anexo III: modelo oficial del Instrumento de Petición Virtual.
Implicancias legales y operativas para concesionarias
La automatización de los controles y la validación biométrica redefinen el rol de los comerciantes habitualistas, que pasan a actuar como colaboradores técnicos del sistema RUNA.
Sus principales obligaciones son:
- Verificar la exactitud de los datos cargados.
- Custodiar digitalmente la documentación respaldatoria.
- Informar al adquirente sobre requisitos complementarios (como el grabado de autopartes y cristales).
Desde el punto de vista jurídico, la norma refuerza la equivalencia legal entre documentos digitales y físicos, conforme la Ley 25.506 de Firma Digital y el Régimen Jurídico del Automotor, garantizando seguridad, trazabilidad y valor probatorio.
Conclusión: hacia un registro más ágil, seguro y trazable
La Disposición 745/2025 marca un hito en la transformación digital del sistema registral argentino.
El RUNA, en conjunto con el RUV, permitirá ampliar progresivamente el universo de trámites online, impulsando un Registro Automotor 100 % digital, transparente y auditable.
En JBB Abogados acompañamos a concesionarias, terminales y empresas del sector automotor en la adecuación a este nuevo marco normativo, brindando asesoramiento en derecho registral, digitalización de procesos y cumplimiento legal.


